La mediación no interrumpe la caducidad de la acción de compensación económica del CCCN
Buenos Aires, 16 de febrero de 2017
Expte. 75.017/16 “F, G M. c/P, F F. s/Fijación de Compensación arts.524, 525 CCCN” Juzgado N°10
Y VISTOS Y CONSIDERANDO:
Por la resolución dictada a fs.67/68, se rechaza “in limine” el planteo efectuado por la actora en relación a que se fije una compensación económica a su favor por considerar la magistrada de grado que ha caducado la acción.-
La recurrente da fundamento a su recurso mediante la presentación de fs.70 y vta..-
Sostiene en sus agravios que se ha realizado mediación previa en forma privada, por lo que solicita que se tomen en cuenta los días que se suspende la prescripción teniendo en cuenta que la fecha de cierre de la audiencia fuera en Septiembre de 2016.-
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