Salta: Confirman desajudicación de una vivienda
Novedades: 29 de mayo 2018
La Corte de Justicia de Salta confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó un planteo contra una decisión del Instituto Provincial de Vivienda de Salta (IPV) por la que se desadjudicó una vivienda social.
La vivienda en barrio Los Ceibos, fue otorgada a una pareja con dos hijos en febrero de 2009. En el acta de tenencia precaria, los ocupantes se comprometieron a habitar la vivienda, abonar las cuotas mensuales, destinar la casa a uso habitacional y comunicar cualquier cambio.
Pero en 2011, se hicieron dos inspecciones de habitabilidad sin resultado. A ello se sumó la morosidad en el pago de las cuotas. De allí se resolvió dictar la resolución de desadjudicación, comprobándose en 2012 que la casa no estaba habitada.
En su defensa el adjudicatario dijo que las inspecciones se hicieron en horario laboral y cuando los niños estaban en la escuela. “La razonabilidad del acto administrativo a través del cual se decide desadjudicar una unidad habitacional debe ser ponderada en atención a la máxima jerarquía que ostenta el derecho cuyo resguardo se busca mediante las distintas políticas públicas habitacionales” no obstante lo cual señaló que “los agravios del apelante resultan insuficientes para rebatir los fundamentos de la sentencia recurrida.”
De la prueba en la causa quedó demostrada “la falta de ocupación de la unidad adjudicada por los integrantes del grupo familiar declarado y que ésta se encontraba habitada por terceros, sin haberse comunicado esa modificación al demandado; además, valoró la morosidad de los actores en el pago de las cuotas correspondientes.”
“En su carácter de adjudicatario provisorio con tenencia precaria (el hombre) resultaba titular de un derecho imperfecto, el que podía ser revocado por la administración ante la existencia de motivos fundados, como sucedió en este caso”, agregaron los jueces de Corte.
Fuente: Prensa del Poder Judicial