Por el camino de la Justicia - Orán - Salta


San Ramón de la Nva. Oran, Diciembre de 2017

VISTOS: Estos autos caratulados: “AGUILERA, ROSO ; AGUADO, SOFIA BERNA POR MEDIDAS CAUTELARES”, Expte. Nº EXP -6027/17

___________________ C O N S I D E R A N D O :____________________

Que vienen estos autos a despacho para resolver la Medida Cautelar Innovativa interpuesta por la parte actora en contra de los Sres. Donifacia Cruz Ruíz, Juan Alberto Ruiz e Isabel Ruiz.

El Dr. Jorge Peyrano define a la medida cautelar innovativa como “ ... una diligencia precautoria excepcional que tiende a modificar el estado de hecho o de derecho existente antes de la petición de su dictado, medida que se traduce en la injerencia del tribunal en la esfera de libertad de los justiciables a través de la orden de que cese una actividad contraria a Derecho o de que se retrotraigan las resultas consumadas de un proceder antijurídico. Dicha diligencia cautelar – a diferencia de la mayoría de las otras – no afecta la libre disposición de bienes, ni dispone que se mantenga el status quo. Va mas allá, ordenando – sin que concurra sentencia firme de merito – que alguien haga o deje de hacer algo, en sentido contrario al representado por la situación existente” (remarcado me pertenece).



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