Vendió el auto a espaldas de su ex mujer y lo condenaron por Violencia de Género Económica


09 de mayo de 2017

La Cámara Federal de Casación Penal anuló el sobreseimiento a favor del hombre, que vendió el vehículo sin darle la parte del dinero que correspondía a su ex.

Palacio de Tribunales

La Cámara Federal de Casación Penal determinó que el ocultamiento de un hombre de la venta de un automóvil a su ex mujer constituye "violencia de género del tipo económica".

La Sala Primera del Tribunal, en un fallo firmado por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Ana María Figueroa, anuló el sobreseimiento a favor del hombre, quien "vendió un auto –bien ganancial– a espaldas de su ex mujer, y ella no pudo recibir la parte que le correspondía por la venta".

El fallo declara, además, la inconstitucionalidad de una norma que exime de pena por los delitos patrimoniales causados por el hombre en perjuicio de la cónyuge mujer e impide la investigación de los hechos.

"La cláusula del artículo 185 en cuanto exime de pena por los delitos de orden patrimonial causados por el cónyuge hombre en perjuicio de la cónyuge mujer e impide la investigación de los hechos, contraviene en forma expresa, las obligaciones asumidas por el Estado argentino al momento de ratificar la convención de Belém do Pará y la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer", dijo Hornos.



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