Las “propinas” no han de reconocerse como parte de la remuneración


Por su carácter liberal y discrecional, las “propinas” no han de reconocerse como parte de la remuneración

Acosta Verónica Noelia Benjamina c/ Mamblona María José y otros s/ despido - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala/Juzgado: VIII

Fecha: 15-nov-2013

En virtud del carácter liberal y discrecional de las “propinas” no ha de reconocerse el importe de las mismas como parte de la remuneración a los efectos de calcular la indemnización pertinente.

Sumario:

1.- Corresponde confirmar la sentencia apelada y elevar el monto indemnizatorio reclamado en virtud de que, no obstante el rechazo de la pretensión de la demandante respecto del reconocimiento remunerativo de las propinas y la inadmisibilidad del agravio en torno a la desestimación de horas extraordinarias, devino apropiado fijar el salario del trabajador a los efectos del proceso conforme a la categoría 6 de un restaurante de 4 tenedores -a la fecha del distracto (setiembre de 2004)- de conformidad con lo dispuesto en el art. 9º LCT..



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