Salta: Una obra social deberá cubrir el tratamiento de una niña con discapacidad


Novedades: 2017-11-15

La Corte de Justicia de Salta confirmó la sentencia en un amparo que ordenó al Instituto Provincial de Salud de Salta otorgarle a una niña la cobertura del cien por ciento de las prestaciones requeridas -a valores de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad-, por un plazo inicial de dieciocho meses.

La obra social apeló dicha sentencia por lo que la misma llegó a tratamiento de la Corte de Justicia de Salta. “El objeto de la demanda de amparo es la tutela inmediata de los derechos fundamentales acogidos por la Carta Magna frente a una trasgresión que cause daño irreparable, en tiempo oportuno y que exige urgentes remedios”, recordaron.

En el caso –dijeron- “se encuentra comprometido el derecho de una menor discapacitada a la protección integral de la salud y, por consiguiente, a una adecuada calidad de vida, derecho que debe ser tutelado por sobre otras consideraciones.”

La obra social no cuestionó la existencia de la discapacidad de la menor y su condición de beneficiaria, ni el tratamiento que está recibiendo por su patología, como consecuencia del cual evolucionó favorablemente.

Y agregó la Corte de Justicia que el IPSS “no puede eludir sus obligaciones constitucionales, con la mera alegación de limitaciones financieras para cumplir con las prestaciones exigidas por los restantes afiliados y beneficiarios.”



Fuente: Prensa del Poder Judicial