Salta: ANSES - Filas en la vereda a nuestros "mayores" y no existen controles.


Salta, 28 de agosto del 2019






Hola Mí Gente: Le quería comentar que la semana pasada estuvimos por distintos trámites en el ANSES de Avenida Jujuy de nuestra ciudad de Salta.

Es indignante la espera que deben "tolerar" en esta época del año, en la "vereda", sí como te muestro en las fotos – vereda-.

Pronto comenzarán los calores!. Es totalmente humillante, dándoles a mi modesto parecer, un trato indigno a nuestros adultos mayores, nuestros “Abuelitos”.

No existe organismos de control, pese a su obligación, de controla que se cumplan las leyes y/u ordenanzas.

RECORDATORIO: La Ordenanza Municipal 14093 dice: "Las filas generadas por las Unidades de Atención y/o Cobranza, no podrán afectar veredas, calles o un espacio público o privado de acceso público, distinto al originariamente previsto para ese fin."

El artículo siguiente (6) el incumplimiento, habilitará a imponer al funcionario responsable de la dependencia pública o al propietario del negocio comercial y/o responsable legal de la entidad privada, las siguientes sanciones:

  • Primera infracción: Multa equivalente a 500 unidades tributarias.
  • Segunda infracción: Multa equivalente a 1.000 unidades tributarias.
  • Tercera infracción: Multa equivalente a 5.000 unidades tributarias.".

Hagamos cumplir las leyes y/u Ordenanzas. Cuando irán a controlarlos muchachos de la Dirección de Control Municipal, o quién corresponda.

Sumado a esta Ordenanza municipal, tenemos una Ley Provincial de “Atención Prioritaria” que establece: “Todas las dependencias públicas y los establecimientos privados que en el ámbito de la Provincia, brinden atención al público a través de cualquier forma o modalidad, deben garantizar la atención prioritaria y trámite ágil a la gestión realizada por mujeres embarazadas, personas con capacidades diferentes o movilidad reducida transitoria, personas mayores de 70 años y personas con niños en brazos.

Asimismo la ley prevé, el “tiempo de espera”, el cual establece que “…a los fines de la protección de los derechos de usuarios y consumidores, todas las dependencias públicas y los establecimientos privados que brinden atención al público, deben garantizar que el tiempo de espera de los mismos, no supere el término de 30 (treinta) minutos y que toda persona que concurra al lugar, dentro del horario establecido para la atención al público, sea atendida…”

Que podemos hacer si esperamos más de 30 minutos: En la misma ley se establece que todo consumidor o usuario que deba permanecer por más de 30 (treinta) minutos para ser atendido, puede requerir al establecimiento constancia documentada de ello, y asentar su queja en el libro habilitado al efecto o presentarla ante la Secretaría de Defensa del Consumidor de la Provincia.

Carteles: Asimismo los establecimientos deben exhibir, con carácter obligatorio y a la vista del público, carteles indicativos en lugares visibles para el público, donde se especifiquen los medios, direcciones y teléfonos para realizar las denuncias por las prácticas abusivas descriptas.

Libros de Quejas, Agradecimientos, Sugerencias y Reclamos: En todas las dependencias públicas y los establecimientos privados que en el ámbito de la provincia de Salta brinden atención al público, es obligatorio la existencia de este libro, el que deberá estar foliado, sellado y entregado por la dependencia que la Autoridad de Aplicación – Secretaría de Defensa al Consumidor - designe y contará con un folio original para enviar a la mencionada dependencia, una copia para el reclamante y otra que quedará en el libro.

Consumidores y usuarios pueden dejar registrado lo que consideran prácticas abusivas e indignas, tiempo de espera excesivo, mala atención, falta de información, negativa de entregar tickets, facturas o contratos, entre otras.

Hagamos cumplir las leyes!!

Ayudáme a compartirlo si te gustó la publicación, así las autoridades se enteran de la triste realidad de nuestros "mayores".

Gracias



Emilio Sebastián Ruíz
Abogado – M.P. Nº 2302
Salta