Deudas Comerciales – VERAZ – Cómo salir


Deudas Comerciales

Hola Mí Gente: Ayer la señora Graciela de zona norte, nos consultaba sobre el tema desafectación, en su caso era VERAZ, y me pidió que comentara parte de su consulta.

Entre otras cosas, lo que deben tener siempre presentes cuando se está en mora con alguna deuda y se pretende salir del veraz lo antes posible y acceder nuevamente al crédito. Podemos enumerar algunos consejos:

a) Hay que tener en cuenta, desde cuando está en mora con la deuda, ya que ello depende de la posibilidad de liberar su firma por prescripción de la deuda.

Les recuerdo que la deuda por cheques impagos, prescriben (se extinguen) a los dos años, las tarjetas de créditos a los tres años y los demás créditos a los cinco años.

b) Mi recomendación sería que debería evitar refinanciar la misma por teléfono o a la distancia con supuestos “estudios Jurídicos” o de “Cobranzas”. Normalmente estos cobradores casi nunca tienen en su poder la documentación original, sobre todo el “Pagaré” que se firmó cuando inicialmente contrajo la deuda. Solo cuentan con una base de datos en CD de una cantidad de deudores que tratan de cobrar, y por ello, aunque usted abone lo que le piden, nunca le devolverán el documento que firmó la primera vez.

c) Si llaman por teléfono o le envían una “intimación de pago” a usted, un familiar o a su trabajo, recíbalos y pídales su identificación, dirección, teléfono y un correo electrónico, para contestarles su intimación. Hay que acostumbrarse a contestarles las intimaciones, para evitar los aprietes telefónicos. A los cobradores solo les interesa recuperar un dinero que ya estaba perdido al cobro del primer acreedor, y ellos se quedan con la mayor parte de su dinero, y que por otra parte no tienen descripción del capital ni el interés aplicado para justificar los montos abusivos que cobran.

d) Algo muy importante, las ejecuciones judiciales tienen que ser ordenada por un Juez con competencia en su domicilio; NO PUEDE ser emitida por un juzgado de otra jurisdicción u otra provincia, y menos si usted no adquirió la deuda ahí.

Usted puede averiguar su deuda, simplemente concurriendo juzgado que ordenó el embargo, solo un Juez puede ordenar embargo o secuestro de bienes, nadie más.

No deje de consultar con un Abogado para que le informe cual es el paso correcto que usted debe hacer, para que pueda salir del Veraz.


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Sepa que su consulta no nos molesta.


Emilio Sebastián Ruíz
Abogado – M.P. Nº 2302
Salta