Como debemos dar de baja a un servicio


Baja a servicios

Hola Mi Gente: Ante consultas reiteradas en el Estudio, creemos conveniente recordarles sobre el tema:

Como debemos dar de baja a un servicio.

Cuando la contratación de un servicio, incluidos los servicios públicos domiciliarios (ej. telefonía fija, gas, electricidad, agua), haya sido realizada en forma telefónica, electrónica o similar, el consumidor puede rescindirlo a su elección mediante el mismo medio utilizado en la contratación.

En estos casos, la empresa que reciba el pedido de baja del servicio deberá enviar sin cargo al domicilio del consumidor o usuario una constancia fehaciente dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas posteriores a la recepción del pedido de rescisión.

Para que el consumidor conozca esta facultad, debe ser publicada en la factura o documento equivalente que la empresa enviare regularmente al domicilio del consumidor o usuario.

Recordemos que hay que exigir el número de reclamo o si obtenemos la baja, debido a que es la única manera de reclamar si nos vuelven a facturar los cargos. Si nos ponen muchas trabas, sería conveniente enviar una carta documento con el fin de darle la baja al servicio.


No duden en consultarnos. www.ejuridicosalta.com.ar Si te gustó la publicación por favor compartí también con tus contactos esta información, para que aprendamos más sobre nuestros derechos. Gracias!!!.

Emilio Sebastián Ruiz
Abogado – M.P. Nº 2302
Salta