Defensa del Consumidor


DEFENSA AL CONSUMIDOR

Ustedes sabían que se puede revocar la aceptación de una compra?

El consumidor tiene derecho a revocar la aceptación durante el plazo de DIEZ (10) días corridos contados a partir de la fecha en que se entregue el bien o se celebre el contrato, lo último que ocurra, y a recibir el total de los importes abonados.

Esta facultad NO puede ser dispensada ni renunciada. La aplicación del instituto de la revocación se aplica no solo al contrato de compraventa sino a cualquier contrato que se celebre por las formas que contempla la normativa.

El vendedor nos debe informar por escrito de esta facultad en forma clara y notoria.

El consumidor debe poner el bien a disposición del vendedor y los gastos de devolución son por cuenta DEL VENDEDOR!!!

Es fundamental, para que tenga valor el arrepentimiento, que el consumidor notifique por escrito su decisión al proveedor dentro de los diez días corridos y obtenga una constancia de recepción firmada. Si el proveedor se negare a recibir la nota, deberá enviar una carta documento.


No duden en consultarnos. www.ejuridicosalta.com.ar Si te gustó la publicación por favor compartí también con tus contactos esta información, para que aprendamos más sobre nuestros derechos. Gracias!!!.

Emilio Sebastián Ruiz
Abogado – M.P. Nº 2302
Salta